Por estos días estuvo en Montevideo el profesor argentino Enrique Fowler Newton, quien compartió sus conocimientos y la visión crítica que lo caracteriza, esta vez respecto a las normas contables adecuadas para pequeñas y medianas empresas.
Además de los aportes concretos respecto a los contenidos de las "Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para PYMES" elaborado por el IASB [disponibles en español aquí], tomo aquí dos reflexiones por demás interesantes.
Por un lado la acotación respecto al hecho que en realidad no se debería aplicar esta norma a pequeñas y medianas empresas - por el mero hecho de su "tamaño" - sino a entidades sin obligación de rendir cuentas. Una PYME que cotiza en bolsa está obligada a rendir cuentas por lo que debería aplicar las NIIF y no este cuerpo normativo simplicado.
La propia norma (párrafo 1.2 del prólogo) define a las pequeñas y medianas entidades como aquellas que:
(a) no tienen obligación pública de rendir cuentas, y
(b) publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos.
Por otra parte me gustó el comentario del profesor Fowler Newton respecto al uso del acrónimo PYME en español, ya que la norma lo presenta como "PYMES" lo cual es incorrecto en el uso del idioma.
La única forma de pluralizar los acrónimos es por medio del artículo: las PYME. Agregar una s es un anglicismo inadecuado (por lo que no se puede decir PYMES). Sin embargo, una vez lexicalizados (como es el caso de "pyme"), los acrónimos responden a las reglas generales de formación del plural en español: pyme, pymes (pero deben escribirse en minúsculas).
En resumen la traducción de "IFRS for SMEs" debería ser "NIIF para PYME" o "NIIF para las PYME" o "NIIF para pymes", pero nunca "NIIF para PYMES" ni "NIIF para PYMEs".
[Se puede acceder aquí a la presentación de la Conferencia del Profesor Enrique Fowler Newton organizada por el Departamento de Ciencias y Técnicas Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración UdelaR, con el patrocinio de editorial La Ley]
.
.
No hay comentarios:
Publicar un comentario