Gabriel Budiño

lunes, 8 de junio de 2009

Mais, quem fala?

En estos días El Chino publica una nota revisando el decreto que reglamenta la Ley 18.331 de Protección de Datos Personales y Acción de Habeas Data, de la cual ya habíamos hablado algo aquí, y me recordó un artículo que había leído sobre el tema en Brasil.
"O Brasil convive com uma nova regulamentação para os serviços de Call Center em empresas que oferecem serviços púbicos regulados por agências federais... A "nova lei do call center", como tem sido chamado o decreto presidencial nº 6.523 criou um marco nas relações entre empresas e consumidores, elevando a exigência dos clientes por atendimento mais rápido e descomplicado."

La reglamentación en Brasil al aprecer elevó los costos de los servicios de atención al cliente, ya que se requiere contratar más agentes, capacitarlos e invertir en tecnología e infraestructura. Pero muchos también lo han visto como una oportunidad para las empresas de repensar la manera como se relacionan con sus consumidores.

Según cuenta el artículo, la VIEX realizó en febrero un seminario bajo el lema: "Repensando o contato com o cliente dentro da nova lei do call Center", pues se considera que es un buen momento para construir una estrategia de relacionamiento con clientes que sea sustentable, lucreativa y alineada con los objetivos de la organización.

En Uruguay: ¿No deberíamos tener la misma visión del tema? ¿No es hora que las empresas comiencen a preocuparse por el manejo respetuoso los datos de los clientes, y presten atención en cómo se relacionan con su generador de ingresos?

Nuestro Estado: ¿Está preparado para cuidar de nosotros y de nuestra información?
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2 comentarios:

  1. No sé si estamos preparados, pero por fin estamos dando algunos pasos para que así sea ¿no?

    Dudo que todo salga bien de primera -y hasta temo algún episodio como los recientes de Chile y el Reino Unido donde se perdieron millones de datos-, pero me parece que los escollos son parte del camino.

    Y gracias por el vínculo :)

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  2. De los casos que menciona el Chino, pueden leer algún detalle en los comentarios a este otro artículo del blog.

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